SOHISCERT suple las necesidades del Nuevo Reglamento de ecológico
SOHISCERT amplía su acreditación para seguir actuando como organismo de certificación bajo el Nuevo Reglamento (UE) 848/2018 de Producción Ecológica. Sohiscert sigue siendo una buena opción para la certificación de ecológico.
Con la entrada del Nuevo Reglamento para Producción Ecológica, en vigor desde el pasado 1 de enero, SOHISCERT ha realizado los trámites oportunos para obtener las autorizaciones necesarias por parte de ENAC, con las que seguir actuando como organismo de certificación bajo las exigencias del Reglamento (UE) 848/2018 de Producción Ecológica.
Nueva normativa para ecológico
La nueva normativa refleja la evolución de este sector en rápido crecimiento para garantizar una competencia leal para los agricultores y, al mismo tiempo, evitar el fraude y mantener la confianza de los consumidores. Además, se marca objetivos muy ambiciosos, introduciendo una serie de cambios, que, si bien no son excesivamente importantes, si exigen un estudio detallado de los mismos, y que contemplan un periodo de transición, hasta el 31 de diciembre de 2022 para que los operadores se ajusten a este Reglamento.
- Se simplifican las normas de producción gracias a la supresión progresiva de una serie de excepciones y exclusiones.
- Se refuerza el sistema de control mediante medidas preventivas más estrictas y controles rigurosos a lo largo de toda la cadena de suministro.
- Los productores de países no pertenecientes a la UE tienen que cumplir las mismas normas que los productores de la UE.
- Se extiende el ámbito de aplicación de las normas de producción ecológica a una lista más amplia de productos (por ejemplo, la sal, el corcho, la cera de abejas, el mate, las hojas de vid y los palmitos) y habrá normas de producción suplementarias (por ejemplo, para ciervos, conejos y aves de corral).
- La certificación de ecológico será más fácil para los pequeños agricultores gracias a un nuevo sistema de certificación de grupo.
- Se adopta un enfoque más uniforme para reducir el riesgo de contaminación accidental por plaguicidas.
- Se eliminan progresivamente las exenciones aplicables a la producción en lechos demarcados en los invernaderos.
¿Cómo se ha adaptado SOHISCERT?
SOHISCERT se encuentra acreditada para la certificación de Producción Ecológica desde el año 2000. Empezó su andadura en Castilla La Mancha y Andalucía, expandiéndose posteriormente a aquellas Comunidades Autónomas donde se permite la delegación de tareas de control en organismos privados de certificación como Aragón y Castilla y León.
El Nuevo Reglamento (UE) 2018/848 contempla las siguientes categorías de ecológico:
▪ Vegetales y productos vegetales no transformados, incluidas las semillas y demás materiales de reproducción vegetal:
Incluye las fincas, semilleros-viveros y recolección de plantas silvestres conforme al reglamento de producción ecológica.
▪Animales y productos animales no transformados:
Comprende producción ecológica de especies bobina, equina, porcina, ovina, caprina, aves de corral, abejas, cérvidos y conejos.
▪Algas y productos de la acuicultura no transformados:
Abarca la recolección y cultivo de algas, así como la producción de peces, crustáceos, equinodermos y moluscos según las normas de producción ecológica.
▪Productos agrarios transformados, incluidos los productos de la acuicultura, destinados a ser utilizados para la alimentación humana:
Incluye industrias, comercializadores y distribuidores.
▪Piensos:
Producidos a partir de materias primas procedentes de la agricultura ecológica.
▪Vino:
El vino ecológico debe estar sujeto a las normas aplicables en materia de alimentos ecológicos transformados. No obstante, dado que el vino es una categoría específica
e importante de los productos ecológicos, deben disponerse unas normas detalladas de producción adicionales específicamente para el vino ecológico.
▪Otros productos:
Levaduras destinadas al consumo humano o animal; yerba mate, maíz dulce, hojas de vid, palmitos, brotes de lúpulo y otras partes comestibles similares de plantas y productos obtenidos de las mismas; sal marina y otras sales para alimentación y piensos; capullos de seda aptos para el devanado; gomas y resinas naturales; cera de abejas; aceites esenciales; tapones de corcho natural, no aglomerados y sin sustancias aglutinantes; algodón sin cardar ni peinar; lana sin cardar ni peinar; pieles en bruto y pieles sin tratar; preparaciones vegetales tradicionales a base de plantas.
Como distintivo para que el consumidor pueda diferenciar los productos ecológicos, todas las unidades envasadas, deben llevar los términos específicos de la producción ecológica e impreso el logotipo de la UE y el código numérico identificativo de SOHISCERT (ES – ECO – 002-XX). ES-ECO-002-XX = Código de la entidad que certifica el producto, ha de constar siempre. ES= Estado de la UE |
CL= Castilla y León). Agricultura UE = Es obligatorio indicar el origen de las materias primas, UE o países terceros. |