Nuevas ayudas para OPs de carácter supraautonómico
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, un extracto de Resolución por el que se convocan ayudas para fomentar la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para actuaciones a realizar hasta 2023.
Estas ayudas están reguladas por el Real Decreto 236/2018, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario.
Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
Condiciones
Podrán acogerse a estas ayudas aquellas organizaciones de productores que estén reconocidas oficialmente por la autoridad competente a partir del 26 de mayo de 2014, tengan un ámbito de actuación supraautonómico, un volumen de comercialización mínimo de 1 millón de euros por anualidad y cumplan el resto de requisitos establecidos en el Real Decreto 236/2018, de 27 de abril. También se incluye a las Asociaciones de Organizaciones de Productores (AOP) como posibles beneficiarias de estas ayudas.
El presupuesto total previsto para estas ayudas es de 4.095.100 euros, distribuido de la siguiente forma: 1.000.000 euros para el ejercicio 2019, 900.000 euros para el ejercicio 2020, 810.000 euros para el ejercicio 2021, 729.000 euros para el ejercicio 2022 y 656.100 euros para el ejercicio 2023. La financiación de estas ayudas se realizará en un 80 por ciento con cargo al FEADER y en un 20 por ciento con cargo al presupuesto nacional.
La ayuda consistirá en una cantidad fija que se abonará en tramos anuales durante, como máximo, cinco años a partir de la fecha del reconocimiento oficial de la organización de productores. Se establece una ayuda máxima para Organizaciones de Productores OPs y Asociaciones de Organizaciones de Productores de carácter supraautonómico en el sector agrario AOPs del 10 % del valor de la producción comercializada de manera conjunta durante los primeros cinco años tras su reconocimiento, que se abonará en tramos anuales y con carácter decreciente, no pudiendo superar el límite de 100.000 euros por año.