Medidas más duras contra el virus rugoso del tomate (ToBRFV)
La Comisión Europea ha publicado recientemente un Reglamento de Ejecución que establece medidas para evitar la introducción y propagación en la Unión del virus rugoso del tomate.
El Reglamento establece medidas estrictas para las semillas y el material vegetal para plantación de Solanum lycopersicum L. y Capsicum spp, con independencia de su origen, así como para los lugares de producción que se consideren libres de plagas. Se establecen dos excepciones a la nueva normativa en aquellos vegetales de variedades de Capsicum spp. resistentes al virus y a aquellos vegetales para plantación que hayan sido producidos de conformidad con la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1615, la cual queda derogada por el nuevo Reglamento.
El Reglamento indica que el método de reacción en cadena de la polimerasa (RCP) en tiempo real es más fiable para detectar e identificar la plaga que el método ELISA, considerándose aceptable para la detección e identificación hasta el 1 de octubre de 2020.
En lo relativo a los controles oficiales en el momento de la introducción en la Unión, el Reglamento establece un porcentaje mínimo del 20% de muestreos y análisis en los envíos de semillas y de vegetales para plantación de tomate.
En su anexo, el reglamento regula los sistemas de muestreos de semillas y de vegetales para plantación de las variedades de Capsicum spp., así como los métodos de análisis para detectar e identificar la plaga en ellas.
El Reglamento, que entró en vigor el pasado sábado, será aplicable hasta el 31 de mayo de 2022.