Ley de la Cadena Alimentaria: ASAJA la aplaude y reclama rapidez en su cumplimiento
ASAJA valora la entrada en vigor de la Ley de la Cadena Alimentaria y exige al Gobierno la máxima diligencia en su cumplimiento
ASAJA acoge con satisfacción la entrada en vigor de la reforma de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria pero también reclama al Gobierno el máximo celo posible a la hora de hacerla cumplir. ASAJA también acoge con satisfacción la inclusión en la citada Ley de otras medidas, largo tiempo demandadas por esta Organización, como son la posibilidad para los productores de contratar la doble tarifa eléctrica y las reducciones del 35% y el 15% en las facturas del gasóleo y de plásticos y fertilizantes, respectivamente y espera una inmediata puesta en marcha de ambas.
Pedro Barato: “La efectividad de ésta Ley dependerá de su grado de cumplimiento, por lo que el Gobierno debe poner todos los medios a su alcance para que sirva para algo”
ASAJA considera que la publicación en el BOE de la Ley de la cadena alimentaria y su posterior puesta en marcha son solo el primer paso para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, lograr unos precios más justos para los productores y reequilibrar las relaciones entre los distintos eslabones de la cadena. Queda por tanto la difícil tarea de velar por su cumplimiento y debe ser el Gobierno el encargado de garantizar que, a partir de ahora, las relaciones comerciales del sector agroalimentario sean más justas, equilibradas y transparentes. Ello contribuiría a mejorar la crítica situación por la que atraviesan miles de productores agrarios, inmersos en una dura crisis de rentabilidad, al no poder repercutir sus costes de producción en el precio de venta de sus productos.
Principales cambios de la Ley de la Cadena Alimentaria
Entre los aspectos más relevantes contenidos en esta reforma está la prohibición de destrucción del valor de los productos agroalimentarios. Es decir, cada operador interviniente debe pagar al operador anterior un precio igual o superior al coste de producción asumido. Queda prohibida la venta a pérdidas y los costes de producción son la base de la negociación de los contratos escritos, que serán obligatorios en todas las operaciones comerciales, salvo contadas excepciones.
En relación a los costes de producción, ASAJA defiende que resulta imprescindible que haya una referencia de costes de producción oficiales, que todos los contratos se recojan en el registro digital oficial y que la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), que ve fortalecido su papel, vele por el cumplimiento estricto de la Ley.
Importante Disposición adicional primera
El Gobierno ha aprovechado la publicación de esta Ley para anunciar la posibilidad de que los agricultores “puedan contratar dos potencias eléctricas a lo largo del año, discriminando la época de riego y la de no riego, así como la bonificación de hasta un 35% y un 15% de la factura del gasóleo y la de los plásticos y fertilizantes, respectivamente”. ASAJA, acoge con satisfacción ambas medidas y reclama su puesta en marcha de forma inmediata.