La plaga de la Xylella afecta en 2021 a 31 municipios valencianos
La plaga de Xylella fastidiosa ha afectado durante este año y hasta el mes de octubre a parcelas de 31 términos municipales de la Comunitat Valenciana y se ha diagnosticado la infección sobre diez muestras vegetales.
Hasta la fecha, el Instituto de Agricultura Sostenible del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) ha confirmado que la subespecie de Xylella fastidiosa detectada en la Comunitat es la multiplex.
De las prospecciones realizadas durante 2021, el Laboratorio de Bacteriología de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica hasta el 11 de octubre ha diagnosticado la infección por Xylella fastidiosa sobre determinadas muestras vegetales de Acacia saligna, Calicotome spinosa, Cistus albidus, Helichrysum italicum, Laurus nobilis, Lavandula angustifolia, Polygala myrtifolia, Prunus armeniaca, Prunus dulcis y Salvia rosmarinus.
Estas muestras procedían de Alfàs del Pi, Almudaina, Altea, Benasau, Beniardá, Benidoleig, Benifato, Benimantell, Benissa, Calp, Castell de Guadalest, Dénia, Finestrat, Gata de Gorgos, Llíber, Pedreguer, Penàguila, Planes, Poble Nou de Benitatxell, Polop, Ràfol d’Almunia, Sella, Senija, Tàrbena, Teulada, Tormos, Vall de Gallinera, Vall de Laguar, Vall d’Ebo, Xàbia y Xaló, según la última resolución publicada en el DOGV por la que se declara la decimosexta actualización de la situación de la plaga.
La relación de términos afectados de forma íntegra desde la declaración de la plaga incluye 46 municipios de la provincia de Alicante, y de forma parcial son 28, mientras que en la provincia de Valencia son dos (Oliva y Villalonga).
La Xylella fastidiosa es una bacteria que se hospeda en el xilema de las plantas y es la responsable de varias enfermedades con efectos económicamente muy graves: enfermedad de Pierce en la viña, clorosis variegada de los cítricos, decaimiento rápido del olivo, y marchitamiento de numerosas especies leñosas y herbáceas. Su transmisión es por insectos vectores y la principal vía de propagación es el comercio de plantas infectadas.
La primera vez que se declaró la existencia de un brote de esta plaga en la Comunitat fue en 2017, y se adoptaron medidas fitosanitarias urgentes de erradicación y control para evitar su propagación.
Desde entonces y hasta ahora se ha detectado la Xylella en 21 especies vegetales en la región: Acacia saligna, Asparagus acutifolius, Calicotome spinosa, Cistus albidus, Cistus mosnpeliensis, Cistus salvifolius, Genista scorpius, Helichrysum italicum, Helichrysum stoechas, Laurus nobilis, Lavandula angustifolia, Lavandula dentata, Lavandula latifolia, Phagnalon saxatile, Polygala myrtifolia, Prunus armeniaca, Prunus domestica, Prunus dulcis, Rhamnus alaternus, Salvia rosmarinus y Ulex parviflorus.
La lucha contra la bacteria consiste en primer lugar en establecer una zona infectada con un radio de 50 metros alrededor y una zona tampón de 2,5 km alrededor. Las medidas fitosanitarias de erradicación y control serán ejecutadas por los propietarios o en su caso, directamente por la Administración Pública competente, bajo la supervisión de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Estas consisten en realizar tratamientos fitosanitarios en toda la zona demarcada contra la población de insectos vectores de Xylella fastidiosa, en todas sus fases; eliminar inmediatamente de la zona infectada los vegetales infectados, los que tengan signos o sospecha, los que sean de la misma especie que los infectados, los distintos pero con infección en otras partes de la zona demarcada, y los definidos en el reglamento europeo.
La destrucción de los vegetales se debe realizar in situ, en un plazo máximo de 15 días a partir de la publicación de la Resolución que declaraba nuevas detecciones de Xylella fastidiosa, y los propietarios de las parcelas deben permitir el acceso a personal de la administración.
En el caso que el propietario decida realizar la destrucción por sus propios medios, deberá ejecutarse en presencia de un funcionario de la Conselleria que acredite el acto.
Se prohíbe la plantación de vegetales especificados para Xylella fastidiosa subespecie multiplex en la zona infectada, con excepciones, así como la plantación de especies ornamentales del género Polygala sensibles a Xylella en los espacios públicos.