Luz verde al acuerdo pesquero entre UE y Reino Unido
El Consejo (países de la UE) aprobó el pasado miércoles el acuerdo pesquero entre los Veintisiete y el Reino Unido sobre las posibilidades de pesca para 2022, lo que facilitará a la flota comunitaria continuar con sus capturas en el Atlántico y el Mar del Norte.
El acuerdo establece los derechos de pesca de cerca de un centenar de poblaciones compartidas en aguas de la UE y el Reino Unido, incluido el límite de captura total permisible (TAC) para cada especie.
En el Consejo de Agricultura y Pesca de los días 12 y 13 de diciembre, los ministros establecieron TAC provisionales para los recursos compartidas, a la espera del resultado de las consultas entre las partes.
“Los límites de captura fijados “se modificarán para tener en cuenta el nuevo acuerdo”
Según Joze Podgorsek, ministro de Agricultura de Eslovenia, país que ejerce la presidencia semestral del Consejo de la UE, “la conclusión de las consultas de este año sobre las poblaciones de peces compartidas sienta un buen precedente para futuras negociaciones con el Reino Unido”.
El reglamento sobre posibilidades de pesca para 2022, incluida la enmienda que contiene las cuotas finales, deberá ser ultimado por los expertos jurídicos y lingüísticos del Consejo.
A continuación se producirá su adopción formal y su publicación en el Diario Oficial de la UE.
Las disposiciones de este acuerdo pesquero se aplicarán retroactivamente a partir del 1 de enero de 2022.
Tras la retirada del Reino Unido de la UE, las poblaciones de peces gestionadas conjuntamente por la UE y el Reino Unido se consideran recursos compartidos según el derecho internacional.
El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre las dos partes establece los términos bajo los cuales la UE y el Reino Unido determinan sus respectivos derechos de pesca en el Atlántico y el Mar del Norte.
En el marco de ese acuerdo, ambas partes acuerdan mantener conversaciones anuales para fijar los TAC y las cuotas para el año siguiente.
Las consultas, dirigidas por la Comisión, tienen en cuenta una serie de factores, entre ellos la necesidad de respetar el rendimiento máximo sostenible recomendado (RMS) para cada especie, para garantizar la sostenibilidad a largo plazo, tener en cuenta el mejor asesoramiento científico disponible y seguir un enfoque de precaución cuando dicho asesoramiento no esté disponible.
Fuente: EFE AGRO