Fallo judicial a favor de Asemesa en el tema aranceles
El Tribunal Federal de Comercio Internacional de EEUU ha emitido un nuevo fallo en el recurso presentado por Asemesa contra la resolución que imponía aranceles por valor de un 35% a la aceituna negra de España. En su resolución el Tribunal norteamericano vuelve a dar la razón a Asemesa en los dos argumentos fundamentales en los que EEUU se había basado para considerar que las ayudas de la PAC al sector de la aceituna eran ilegales: que eran específicas y que la demanda de aceituna cruda dependía de la demanda de la aceituna transformada. Este último argumento es el que permitió a EEUU atribuir a la industria todas las subvenciones concedidas a los agricultores.
La consecuencia de este segundo fallo judicial es que el Departamento de Comercio se ve obligado ahora a presentar nuevos argumentos en el plazo de 90 días para justificar los aranceles. La decisión del juez ha sido rotunda y constituye un gran paso para la eliminación de los aranceles antisubvención. A juicio de Asemesa, este fallo constituye “otro hito muy importante, dado que es la propia justicia americana la que confirma que los argumentos utilizados para imponer los aranceles a la aceituna negra no se justifican”.
Estados Unidos decidió imponer aranceles del 35% a las aceitunas negras procedentes de España desde el 1 de agosto de 2018 tras considerar que las ayudas que recibía este sector de la PAC eran ilegales y que la importación procedente de España causaba un daño importante al sector californiano de la aceituna de mesa.
“Esta decisión de la justicia norteamericana podría aminorar los aranceles del 35 al 20%, lo que sería una reducción muy importante”, explica el secretario general de Asemesa, Antonio de Mora, quien insiste en que el fallo “supone, a la vez, un apoyo muy importante al proceso abierto por la UE ante la OMC, en el que estos dos argumentos son también fundamentales”.
Al igual que ya sucediera en enero de 2020 con la primera sentencia, el juez considera que la interpretación jurídica del Departamento de Comercio no es razonable en ninguno de los dos argumentos utilizados para la imposición de este arancel. En efecto, el juez ha vuelto a señalar que la consideración de las ayudas como específicas no se sostiene en base a la interpretación literal de la normativa americana anti-subvenciones. En cuanto al argumento relativo a la falta de “dependencia sustancial”, el juez considera que la interpretación de la normativa americana por parte del Departamento de Comercio es completamente inconsistente. De hecho, la Justicia americana ni siquiera ha entrado a considerar los argumentos relativos a las distintas variedades de aceituna y su potencial uso tanto para aceite como para aceituna de mesa dado que la interpretación del Departamento de su normativa no era correcta.
El juez ha concedido de nuevo 90 días para que el Departamento de Comercio adopte una nueva determinación de acuerdo con una nueva interpretación legal sólida. “Si bien es posible que el Departamento de Comercio intente volver a reformular sus argumentos para adecuarlos al dictamen del juez, también puede suceder que finalmente decida ceder y eliminar el arancel antisubvención”, apunta De Mora. “Aún quedan muchas variables por considerar, pero creemos que este dictamen es muy favorable a los intereses de la aceituna negra española, ya que ambos temas se han fallado en nuestro favor en términos de interpretación legal y no de valoración de los hechos”, concluye.
Además de este recurso, Asemesa, que representa desde hace más de 90 años a la industria dedicada a la elaboración, comercialización y exportación de la aceituna de mesa en España, continúa trabajando en otras líneas de acción para la eliminación o reducción de los aranceles antidumping.