Estas son las principales novedades a tener en cuenta para la utilización del glifosato
La Comisión Europea publicó el pasado 29 de noviembre en el Diario Oficial Europeo el Reglamento de Ejecución por el que se renueva la aprobación del glifosato en la UE por un periodo de 10 años (hasta el 15 de diciembre de 2033).
En dicho Reglamento no se aprecian muchos cambios respecto al texto que se votó en el Comité de Apelación sobre el glifosato.
A continuación enumeramos los principales aspectos de este Reglamento de Ejecución, que adjuntamos, además, en este enlace:
1. La desecación, como uso previo a la cosecha, se considerará contraria al artículo 55 y no se autorizará.
2. Minimizar/prohibir el uso en zonas sensibles como parques públicos, jardines, terrenos deportivos y recreativos, zonas escolares y de juego y proximidades de centros sanitarios.
3. En esta evaluación global, los Estados miembros prestarán especial atención a:
– Los coformulantes.
– Evaluación de la exposición de los consumidores a los cultivos sucesivos.
– Riesgo para los pequeños mamíferos herbívoros.
– Exposición por contacto a través de la deriva de la pulverización.
– Impacto indirecto en la biodiversidad a través de interacciones tróficas: Dado que no existen orientaciones a nivel de la UE, dependerá de cada Estado miembro.
– Usos no profesionales.
– Control adicional de los parentales y metabolitos en las aguas superficiales.
– Las dosis máximas no deben superar las siguientes (a menos que la evaluación de riesgos demuestre que no hay efectos inaceptables para los pequeños herbívoros):
o 1,44kg/hectárea/año para usos agrícolas.
o 1,8 kg/hectárea/año para el control de especies invasoras.
o 3,6 kg/hectárea/año para usos no agrícolas.
El glifosato es un herbicida de amplio espectro, desarrollado para eliminación de hierbas y de arbustos, en especial los perennes. Es absorbido por las hojas y no por las raíces