Distinción arancelaria en la Unión Europea para Plátano de Canarias
La Indicación Geográfica Protegida “Plátano de Canarias”, que engloba al 100% de la producción de plátano en el Archipiélago, tendrá a partir de ahora una nomenclatura diferenciada dentro del código aduanero de la Unión Europea. Así ha quedado reflejado en la modificación publicada en el Diario Oficial de la UE, donde se ha introducido el NC “0803 90 11 – Plátano de Canarias”, reconociéndose de esta forma las notables diferencias existentes entre el plátano producido en el Archipiélago y las bananas.
Hasta el momento, el comercio exterior de Plátano de Canarias compartía Nomenclatura Combinada (NC) con todas las bananas frescas que entran en el mercado continental europeo, independientemente del origen. Una circunstancia que chocaba directamente con el hecho de que Plátano de Canarias ya fue reconocido en 2013 como producto diferenciado por la Unión Europea, que le otorgó la categoría de Indicación Geográfica Protegida (IGP) en base a sus características químicas, físicas y organolépticas; siendo de esta forma, el único fruto de su categoría cuya singularidad y calidad cuentan con dicho reconocimiento.
Dadas las reconocidas diferencias entre Plátano de Canarias IGP y las bananas de otros orígenes, y las dificultades que encuentra la fruta canaria para ser considerada de forma diferenciada en los mercados mayoristas del resto de la Unión Europea, la Asociación de Organizaciones de Productores de Plátano de Canarias (ASPROCAN) elevó una petición a la Comisión Europea que ha sido aceptada, gracias también al apoyo mostrado por las instituciones españolas de la Agencia Tributaria, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, el ICEX y organizaciones internacionales como la Asociación de Productores Europeos de Plátano y Banana (APEB), Fruit Vegetables EUROPE (EUCOFEL) y la Organización para una Red Internacional de Indicaciones Geográficas (oriGIn).
Mejor trazabilidad y diferenciación del producto
Hay que recordar que, dada la consideración de Canarias como Región Ultraperiférica de la Unión Europea, toda mercancía con origen en el Archipiélago y destinada al mercado continental de la UE tiene la consideración de importación de terceros países a efectos aduaneros. En el caso del plátano de Canarias, al haber compartido hasta el momento nomenclatura con la banana de origen americano o la banana de países de África, Caribe y Pacífico, esto impedía tener una correcta trazabilidad del producto una vez entraba en territorio comunitario y reconocer los envíos de Plátano de Canarias IGP a otros países de la Unión Europea o a terceros países (como por ejemplo, Marruecos, Suiza o el Reino Unido) para así poder controlar volúmenes de exportación y mercados de destino final.
Por otro lado, también se daba la circunstancia de que, en los puntos de venta del resto de países de la Unión Europea o terceros países, en ocasiones no se le aplicaba al Plátano de Canarias la distinción que le es reconocida por su figura de calidad diferenciada de la UE. Al compartir NC con el resto de bananas, los operadores de importación y cadenas de distribución incorporaban al plátano en los mismos procesos de maduración y distribución que a las bananas, limitando así el potencial exportador del Plátano de Canarias IGP y la capacidad de diferenciación ante el consumidor europeo.
Con la nueva Nomenclatura Combinada exclusiva para Plátano de Canarias, que comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2024, el sector platanero de las Islas confía en que esto pueda suponer un impulso más para la exportación y percepción del producto diferenciado europeo más allá del mercado español. Una oportunidad más para posicionar la calidad, origen, métodos de producción y sostenibilidad del Plátano de Canarias IGP ante el consumidor europeo.