Aumenta la protección de las variedades vegetales protegidas de cereal
El Juzgado de lo Penal núm. 2 de Valladolid ha dictado en fecha 13 de enero de 2020 sentencia por la que se condena los representantes legales de una entidad productora de semilla certificada, sita en la citada provincia, como autores de un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.4 del Código Penal.
Los condenados producían grano de la variedad protegida “Meseta” y procedían posteriormente a su comercialización entre los agricultores, como material de reproducción y multiplicación a un precio sensiblemente inferior que el de la semilla certificada.
La reproducción y producción no autorizada de variedades de cereales protegidas constituye un grave problema en las zonas cerealistas españolas, según han señalado fuentes de GESLIVE. Este fraude masivo tiene nefastas consecuencias, no solo para los obtentores de nuevas variedades vegetales a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector.
Con este tipo de prácticas ilegales se daña la imagen de la producción española en el extranjero y se pone en riesgo la seguridad para el consumidor, pues este material clandestino, fuera del sistema oficial de control y certificación, no ofrece ninguna garantía de que pertenezca verdaderamente a la variedad que se indica ni de sus condiciones fitosanitarias.
El único material de reproducción y multiplicación que puede ser objeto de comercialización es la semilla certificada. La comercialización de grano para su utilización como material de reproducción y multiplicación es constitutiva de infracciones de carácter administrativo y puede generar responsabilidades de índole penal si se trata de variedades vegetales protegidas. Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 1/2015 de fecha 30 de marzo, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.