Esta norma de carÔcter bÔsico, ampliamente demandada, darÔ un tratamiento homogéneo a todos los operadores del sector agroalimentario, con independencia de su Ômbito territorial. De esta forma, la ley contribuirÔ a la unidad de mercado en el Ômbito del control de la calidad y defensa contra el fraude alimentario, asà como a la competitividad, transparencia y claridad del sector alimentario, a la vez que protegerÔ los derechos de los operadores de la industria alimentaria frente a la competencia desleal.
Al mismo tiempo, esta norma establece sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias, con el objetivo de frenar el fraude alimentario, en la lĆnea del mandato de la Unión Europea en este tema.
AdemƔs del control oficial, la nueva ley incorpora y sistematiza otras formas e instrumentos de control, como la trazabilidad y el autocontrol, tanto de manera individual como el realizado por las asociaciones sectoriales, con lo que se pone en valor lo establecido en la normativa comunitaria en materia alimentaria.
Asimismo, la norma prevé el establecimiento de un sistema de información para conocer y atajar el fraude alimentario por las autoridades competentes, tanto a nivel nacional como en las relaciones de España con la Unión Europea y el resto de Estados miembros.
La ley contiene los procedimientos de control y sancionador a que deben responder los operadores en caso de inspecciones realizadas en sus establecimientos. Esto supone otorgarles mayor seguridad jurĆdica, ya que las empresas serĆ”n tratadas de la misma manera en todo el territorio nacional, con lo que se contribuye a la unidad de mercado en el Ć”mbito del control de la calidad y la defensa contra el fraude alimentario.
Por lo demÔs, esta ley facilitarÔ la innovación y el desarrollo de nuevas empresas responsables en España, con lo que se garantiza a los consumidores la adquisición de productos de calidad.
Fuente: Magrama